Redacción: EPASA
Los proveedores de bienes y servicios para las campañas políticas, de partidos políticos o candidaturas de libre postulación, que sean pagados con financiamiento público y privado, están obligadas a documentar a través de factura electrónica, según dio a conocer este martes la Dirección General de Ingresos (DGI).
Hoy , fue publicada en la Gaceta Oficial No. 29955 la Resolución N° 201-0384, que lleva la firma del director de la DGI, Publio De Gracia, en la que se advierte esta medida.
Dicha norma advierte que las empresas proveedoras de bienes y servicios, como a los partidos políticos y candidatos de libre postulación, que todo proveedor y toda transacción comercial que conste en los informes de ingresos y gastos, presentados ante el Tribunal Electoral, deberán estar únicamente registrados en el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 76 de 22 de diciembre de 1976 y sus modificaciones.
De igual forma, mediante la resolución se informa que todo procedimiento de solicitud de justificación de excepcionalidad del uso de equipos fiscales y del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, deberá ser presentado ante la Dirección General de Ingresos y deberá cumplir con lo dispuesto en el Parágrafo 2, artículo 12 de la Ley 76 de 22 de diciembre de 1976 y sus modificaciones.