Mitradel aclara que no ha autorizado la suspensión de contratos laborales en Minera Panamá

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El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, garante del equilibrio en las relaciones de trabajo del sector productivo, informa a la comunidad, en particular a los trabajadores y trabajadoras de la empresa MINERA PANAMA, S.A., que se ha recibido solicitud de suspensión de los efectos de los contratos de trabajo de aproximadamente 7,000 trabajadores de la empresa. Cabe aclarar que la recepción de esta solicitud no implica por sí misma, autorización alguna.

De la declaratoria de inconstitucionalidad del contrato ley que otorga la concesión a MINERA PANAMA, S.A., mediante sentencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia de 28 de noviembre del presente año, se desprende la necesidad de atender la posible terminación de las relaciones de trabajo en la empresa; sin embargo, dicho proceso debe efectuarse con estricto apego a las normas laborales vigentes y a los términos legales que exige el procedimiento.

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral reitera que para suspender los efectos de los contratos de trabajo, se debe realizar el procedimiento establecido en el Código de Trabajo, lo que conlleva la intervención de todas las partes involucradas en el proceso.

Esta institución siempre será garante del cumplimiento de las normas laborales y la protección de los derechos de los trabajadores, lo que reafirma nuestro compromiso con la paz y la justicia social.